Herencia con Testamento – Aceptación de Herencia

Gestionamos la aceptación de su herencia de forma rápida y segura

Los abogados especialistas en herencias, se encargarán de realizar todos los trámites necesarios, ayudándoles en las gestiones para recopilar la documentación (certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, escrituras, etc…) y coordinando a los distintos intervinientes para la aceptación.

Una vez determinados los herederos, ya sea a través del testamento o de la declaración de herederos se procederá a aceptar la herencia, transmitiéndose así la propiedad de los bienes al heredero y pudiendo realizar las inscripciones registrales oportunas.

Asesórese antes de aceptar una herencia, sobre sus obligaciones fiscales y las consecuencias que conlleva

LA IMPORTANCIA DE ACEPTAR LA HERENCIA A BENEFICIO DE INVENTARIO

La aceptación de herencia a beneficio de inventario es una protección que se otorga a los herederos que se acogen a ella, de forma que en caso que las cargas de la herencia superen los bienes de la misma, el heredero no responderá con su propio patrimonio frente a las deudas de la herencia.

Para ello una vez se acepta la herencia debe realizarse un inventario de los bienes y cargas tal y como establecen los artículos 461-14, 461-15 y siguientes del Código Civil de Cataluña. Es importante conocer cuando hay que aceptar la herencia a beneficio de inventario y seguir los pasos legalmente establecidos, pues de no hacerlo se aceptaría pura y simplemente debiendo responder los herederos con su propio patrimonio de las deudas de la herencia.

Que hacer cuando un heredero está demorando la aceptación de herencia. LA INTERROGATIO IN IURE

En ocasiones alguno de los herederos no realiza la aceptación de la herencia ni repudia la misma, de forma que se queda en suspenso una parte de la herencia sin poder ser asignada a nadie, lo que puede crear un problema cuando hay bienes que pertenecen de forma conjunta a varios de los herederos. Puesto que al no manifestarse acerca de los mismos, está impidiendo al resto de herederos disponer de los mismos para poder venderlos, alquilarlos, etc…

Ante estas situaciones existe un proceso legal denominado Interrogatio in Iure, artículo 461-12 del Código Civil de Cataluña, que obliga al heredero a manifestarse acerca de la herencia. Los abogados especialistas en herencias de
Andreu&Asociados, le asesorarán para realizar los trámites oportunos cuando se encuentre en una situación en que necesite que el heredero se manifieste acerca de la herencia.

Artículo 461-12. Delación e interpelación al llamado.

1. El derecho del llamado a aceptar o repudiar la herencia no está sometido a plazo.

2. Las personas interesadas en la sucesión, incluidos los acreedores de la herencia o del llamado, pueden solicitar al notario, una vez haya
transcurrido un mes a contar desde la delación, que requiera personalmente al llamado a fin de que, en el plazo de dos meses, le manifieste si
acepta o repudia la herencia, con advertencia expresa de que, si no la acepta, se entiende que la repudia.

 

Consulte sin compromiso

    He leído y acepto el Aviso Legal y la Política de Privacidad


    En virtud de lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, LOPD-GDD y el Reglamento Europeo 2016/679, RGPD de Protección de Datos de carácter personal le informamos que sus datos pasarán a formar parte de un fichero titularidad de Andreu-Barquin Abogados S.C.P. La información registrada se utilizará para informarle por cualquier medio electrónico de nuestras novedades y/o información de la entidad. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, portabilidad y supresión de sus datos y los de limitación y oposición del tratamiento en Balmes, 85, Entresuelo, 08008, Barcelona o enviando un correo electrónico a administrador@abherencias.com. En cumplimiento de la Ley 34/2002 del 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio electrónico e Internet, le informamos que puede revocar encualquier momento, de forma sencilla y gratuita, el consentimiento para la recepción de correo electrónico enviando un correo electrónico con su solicitud a: administrador@abherencias.com.