Hipoteca - 1

Reclamación de Gastos Hipotecarios y Comisión de Apertura

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RECLAME LOS GASTOS DE SU HIPOTECA Y COMISIÓN DE APERTURA

Especialistas en Hipoteca

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea el pasado 16 de julio de 2020 dictó sentencia en relación a la cláusula sobre los gastos del préstamo hipotecario y en relación a la cláusula sobre la Comisión de apertura. De dicha sentencia se concluye que ambas cláusulas son abusivas y en consecuencia procede la defensa de los derechos de los consumidores para la eliminación de las mismas y la restitución de las cuantías abonadas indebidamente.

Qué puedo Reclamar

  • Nulidad de la Cláusula de Imposición de Gastos
    • 100% Gastos del Registro
    • 50% Gastos de Notaria
    • 50% Gastos de Gestión
  • Nulidad Comisión de Apertura
    • 100% Comisión de Apertura
  • Otras Cláusulas Abusivas

Documentos Necesarios

  • Escritura del préstamo hipotecario.
  • Factura del registro de la propiedad.
  • Factura del notario.
  • Factura de la gestorÍa.

Procedimiento de la Reclamación

  1. Cálculo de la reclamación
  2. Reclamación extrajudicial
  3. Fase de negociación extrajudicial
  4. Fase Judicial (si no hay cobro extrajudicial)
  5. Finalización y cobro del perjuicio

Honorarios 100% Transparentes

HONORARIOS CLAROS TODO LO RECUPERADO ES PARA EL CLIENTE

INCLUIDOS LOS INTERESES LEGALES

  • PAGO cliente: 10%+IVA del Capital percibido (restando pago inicial)
  • PAGO entidad financiera: Costas Judiciales solo en caso de Condena en Costas en procedimiento judicial a la entidad financiera, estás se abonarán en concepto de honorarios al despacho.

Inicio Reclamación: 150€+IVA = 181,50 €.- (Coste de Procurador y tramitación incluido).

Diferencia hasta el 10%+IVA al finalizar el asunto

CLIENTE RECUPERA AL FINALIZAR: 2.800,00 €.-

HONORARIOS DESPACHO: 280,00 €.- + IVA = 338,80 €.-

Al Inicio de la reclamación el cliente abonó 181,50 €.-

Restan por abonar: 157,30 €.-

*En caso que la reclamación se haya realizado judicialmente y el juez haya condenado a la entidad financiera al pago de las costas judiciales, el despacho cobrará las mismas de forma adicional, SI NO HAY CONDENA EN COSTAS EL CLIENTE NO TENDRA QUE PAGAR CUANTIA POR DICHO CONCEPTO.

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